Los españoles o extranjeros que no residan en España o en la Unión Europea y se dirijan a un tercer país, así como los residentes en Canarias, Ceuta y Melilla, tienen derecho a la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) en sus compras efectuadas en el resto del territorio nacional.
Para solicitar la devolución, si se dirige a un país no comunitario, tiene que visar las facturas de sus compras en la oficina de la aduana del aeropuerto antes de facturar el equipaje, mostrando la mercancía adquirida. Si la lleva como equipaje de mano, hay que hacerlo en la ventanilla de la zona restringida. Una vez visada, introduzca cada factura en un sobre y remítala al domicilio del vendedor. Éste se encargará de hacerle llegar el dinero que le corresponde.