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Los ciudadanos españoles podrán viajar a los Estados Unidos de América sin visado por motivos de turismo o negocios. El periodo autorizado de estancia lo determinan los oficiales del Departamento de Seguridad Interna en el puerto de entrada y se puede conceder hasta un máximo de 90 días.

Pueden pedir el billete de ida y vuelta, así como prueba de disponer de medios económicos. Esto debe interpretarse en el sentido más estricto y es comprobado mediante interrogatorio individual a cada turista por parte de los agentes del Servicio de Inmigración.

todos los pasajeros que viajen a EEUU bajo el Programa de exención de visados ("Visa Waiver Program") están obligados a obtener una autorización de viaje aprobada antes de viajar a EEUU por aire o por mar

La solicitud se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será validada por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante

Para informarse en detalle sobre la solicitud de autorización, validez y efectos, así como para proceder a completar el formulario para solicitarla, los viajeros deberán dirigirse a la página Web de la Embajada de los Estados Unidos en España (http://spanish.madrid.usembassy.gov), donde se encontrará un link al ESTA (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje)

Espero te sirva de ayuda.

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